¿En qué consiste?

Presentación de cualquier tipo de solicitud a través del Registro Electrónico General del Excmo. Ayuntamiento de Utrera siempre que no exista el procedimiento administrativo concreto que habilite su presentación.

• CON CERTIFICADO DIGITAL O CON SISTEMA CL@VE (ENTREGA ELECTRÓNICA):

El usuario deberá descargar desde la web municipal o la sede electrónica de este Ayuntamiento, los modelos que desee presentar en el Ayuntamiento y una vez cumplimentados y firmados y junto con la documentación que le indique el servicio público al que se desea acceder y podrá realizar su presentación en la Sede Electrónica.
Se recomienda que unida a la solicitud el ciudadano aporte los comprobantes de la autoliquidación y pago si el servicio al que desea acceder lo requiere.

Si accede a través de Sistema Cl@ve recuerde que los archivos que se adjunten en la solicitud deberán estar firmados previamente, ya sea físicamente firmando el documento y escaneando o digitalmente usando el software Autofirma.

LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DONDE DEBE QUEDAR PRESENTADA LA DOCUMENTACIÓN:
https://sede.utrera.org/

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OBLIGADOS AL USO DE LA SEDE ELECTRÓNICA:
Además, se recuerda que se ha de tener en consideración que están obligados a relacionarse, a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo:
1. a) Las personas jurídicas.
1. b) Las entidades sin personalidad jurídica.
1. c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mmercantiles.
1. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
1. e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración. (Artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

• SIN CERTIFICADO DIGITAL (ENTREGA PRESENCIAL):

Deberá descargar desde la web municipal o la sede electrónica de este Ayuntamiento, los modelos que desee presentar en el Ayuntamiento y una vez cumplimentados y firmados y junto con la documentación que le indique el servicio público al que se desea acceder y para su presentación presencial en el S.A.C. deberá SOLICITAR CITA PREVIA S.A.C.

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¿Dónde se presta este servicio?

S.A.C. Oficina de Asistencia en Materia de Registro.