ANUNCIO

Según lo dispuesto en las base vigésima de las Bases reguladoras de la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y AYUDA HUMANITARIA 2020, y conforme a lo dispuesto por los artículos 40 y 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se publica en este tablón de anuncios del Ayuntamiento, sito en Plaza de Gibaxa número 1, la aprobación definitiva de la Resolución de la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y AYUDA HUMANITARIA 2020, aprobadas por la Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento, en Sesión Extraordinaria y Urgente, celebrada el día veintinueve de diciembre de dos mil veinte, que se transcribe a continuación. Al mismo tiempo, dicha resolución se publicará en la web municipal.

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ANUNCIO

La Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento en Sesión Extraordinaria y Urgente, de fecha nueve de diciembre dedos mil veinte, adoptó, entre otros, , el siguiente acuerdo: PUNTO 2º.- PROPUESTA DE LA TENENCIA DE ALCALDÍA DEL ÁREA DE MOVILIDAD, SEGURIDAD CIUDADANA, PARTICIPACIÓN Y SOLIDARIDAD, RELATIVA A “CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y AYUDA HUMANITARIA 2020”. APROBACIÓN RESOLUCIÓN PROVISIONAL.

PLAZO TRÁMITE AUDIENCIA: DEL 9 AL 22 DE DICIEMBRE 2020, AMBOS INCLUSIVE

Según lo indicado en la base decimosexta de las Bases reguladoras de la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y AYUDA HUMANITARIA 2020 y de conformidad con el artículo 45 b) y 82, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede a los interesados, relacionados en el Anexo I, el trámite de audiencia por plazo de diez días, contados desde la publicación del presente en el tablón de edictos municipal en el que los interesados:

Deberán comunicar su aceptación mediante el modelo 2 de los formularios de la convocatoria firmado por el representante legal de la entidad o agrupación.

Asimismo se entenderá que los solicitantes que hagan uso de la reformulación prevista en el artículo 27 de la LGS, aceptan la subvención por la cantidad señalada en la propuesta de resolución provisional.

Respecto de aquellos solicitantes que figuren propuestos para ser subvencionados en la Propuesta de Resolución Provisional, por una cantidad inferior a la solicitada y no hagan uso de la reformulación prevista en el base decimonovena de la Convocatoria, se mantendrá el contenido de la solicitud inicial, debiendo en este caso aportar directamente o por financiación de terceros la diferencia entre la cantidad solicitada y la cantidad concedida.

Según la Base Decimooctava. Reformulación de proyectos, cuando el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada, la entidad tendrá un plazo de 10 días hábiles para reformular, contados a partir del día siguiente a la publicación de la Propuesta de Resolución Provisional, identificando de entre las actuaciones propuestas aquéllas cuyo compromiso mantiene. Esta será estudiada por la Comisión de Valoración y, en caso de merecer su conformidad, se remitirá con todo lo actuado al órgano competente para que dicte la resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 27 de la LGS.

En cualquier caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de las solicitudes.

En Utrera a la fecha indicada al pie del presente documento. LA DELEGADA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y SOLIDARIDAD.- Fdo.: Sandra Gómez Caro.-

ANEXO I

PUNT EXPTE. ENTIDAD C.I.F. FINALIDAD IMPORTE PROYECTO IMPORTE SOLICITADO IMPORTE OTORGABLE
78,70

28520000006

FUNDACION BOSCO GLOBAL

G90196072

Promocionando el acceso a la Educación y la Inserción Laboral de las Mujeres Jóvenes acondicionando el Centro Formativo Marie Dominique en Lomé (Togo)

33.159,35 €

26.527,47 €

15.187,76 €

77,45

028520000005

FUNDACION VICENTE FERRER

G09326745

Mejora del acceso a una educación secundaria pública de calidad para colectivos desfavorecidos de comunidades rurales fomentando la equidad de género en Andhra Pradesh, India

186.142,51 €

15.000,00 €

14.946,53 €

77,22

28520000007

FUNDACION SEVILLA ACOGE

G91545863

Jmaa, Fortaleciendo capacidades colectivas, en el ámbito rural, en tiempos de pandemia global (CR Tazroute)

25.150,27 €

25.150,27 €

14.902,15 €

IMPORTE TOTAL PROPUESTO: 45.036,44 €

ANEXO II

LISTADO DE BENEFICIARIOS EXCLUIDOS

EXP

ENTIDAD

C.I.F.

MOTIVO DENEGACIÓN

28520000004

ASOC. NIÑO PERDIDO UTRERA AYUDA PERSONAS ACCIDENTE CHERNOBIL

G91054650

Falta de subsanación en plazo

En Utrera, a fecha indicada en el pie de firma del presente anuncio.- Fdo: JUAN BORREGO LÓPEZ.- EL SECRETARIO GENERAL.-

 

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ANUNCIO

De conformidad con lo dispuesto en las bases XV y XVX de las bases reguladoras de la Convocatoria de la concesión de ayudas a proyectos de cooperación al desarrollo y ayuda humanitaria por parte del Excmo. Ayuntamiento de Utrera para el ejercicio 2020 y el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se publica la relación de las entidades provisionalmente admitidas y denegadas así como las entidades requeridas para subsanar la falta o deficiencias detectadas y/o acompañar los documentos indicados que dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos municipal, advirtiéndosele de que si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su petición, previa resolución realizada al efecto.

El plazo de subsanaciones se establece del 26 al 30 de noviembre de 2020, ambos inclusive.

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ANUNCIO

La Junta de Gobierno Local, de este Excmo. Ayuntamiento, en Sesión Extraordinaria y Urgente, celebrada el día 11 de noviembre de 2020, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

– PROPUESTA DE LA TENENCIA DE ALCALDÍA DEL ÁREA DE MOVILIDAD, SEGURIDAD CIUDADANA, PARTICIPACIÓN Y SOLIDARIDAD, RELATIVA A “CONVOCATORIA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO (ONG’S), QUE TENGAN POR OBJETO PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y AYUDA HUMANITARIA PARA EL EJERCICIO 2020.

EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES QUEDA ESTABLECIDO DEL 12 AL 18 DE NOVIEMBRE 2020, AMBOS INCLUSIVE

Se detallan a continuación los datos principales de la convocatoria:

  • Primero. Beneficiarios:

Se podrán conceder ayudas y subvenciones mediante el procedimiento establecido en los artículos siguientes a Entidades Privadas sin ánimo de lucro (ONG’S) para la realización y fomento de actividades de Cooperación Internacional para el desarrollo con implantación en el municipio.

Para poder conceder las ayudas y subvenciones, a las Entidades Privadas sin ánimo de lucro (ONG’S) con implantación local, deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Ser personas jurídicas de naturaleza privada y estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en el Registro de la AECI (Agencia Española de Cooperación Internacional), establecido por la Ley de Cooperación Internacional (Ley 23/98, de 7 de julio), o la AACI (Agencia Andaluza de Cooperación Internacional), establecido en la Ley 2/22006 de creación de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional (BOJA 98 de 24 de mayo de 2006), o haber solicitado la inscripción en el mismo.

2. Estar constituida legalmente e inscrita como asociaciones o fundaciones en el registro local del Ayuntamiento de Utrera.

3. Las entidades deberán tener, en el momento de la presentación de la solicitud, una antigüedad mínima de un año de inscripción en el registro de Asociaciones, Fundaciones o cualquier otro de carácter público.

4. Carecer de fines de lucro.

5. Tener como fines institucionales expresos, según sus propios estatutos, la realización de actividades de cooperación internacional al desarrollo o, en general, el fomento de la solidaridad entre los pueblos con el fin de mejorar las condiciones de vida de su población. En el caso de proyectos destinados a núcleos desfavorecidos de población procedente de países en vías de desarrollo, deberán tener como fines institucionales la atención de los mismos.

6. No estar incursa en procedimiento de reintegro de alguna ayuda económica concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Utrera.

7. Estar al corriente en las cotizaciones a la Seguridad Social y en las obligaciones tributarias, según lo dispuesto en la legislación vigente.

8. Los requisitos establecidos deberán cumplirse el día de presentación de la solicitud, mantenerse durante el periodo de resolución y, en su caso, durante el periodo de ejecución del proyecto.

Por razones de interés social la Comisión podrá estudiar la posibilidad de aprobar proyectos presentados por ONG que no estén inscritas en el registro de asociaciones y fundaciones del Ayuntamiento de Utrera.

  • Segundo. Objeto.

Las presentes normas tienen por objeto regular el régimen de ayudas del Ayuntamiento de Utrera a Organizaciones No Gubernamentales (ONG) así como proyectos de Cooperación procedentes del Convenio de Hermanamiento llevado a cabo por este ayuntamiento con el municipio de Consolación del Sur, para la cofinanciación de proyectos a realizar en países en vías de desarrollo, así como proyectos de educación y sensibilización al desarrollo y proyectos específicos de acción social, destinados a núcleos de población desfavorecidos procedentes de dichos países, siempre que éstos se realicen en el Municipio de Utrera.

  • Tercero. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en el acuerdo de 11 de noviembre de 2020 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Utrera, por la que se establecen las bases reguladoras de la Convocatoria de ayudas a proyectos de cooperación al desarrollo y ayuda humanitaria 2020 publicadas en el Tablón de Anuncios y en su página web (www.utrera.org)

  • Cuarto. Cuantía.

Para el ejercicio 2020 la financiación de estas subvenciones se realizará con cargo al crédito consignado en la partida presupuestaria 21 2311 49000 del programa presupuestario de gastos de la Delegación de Solidaridad, por la cuantía total máxima de 56.000,00 €.

  • Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes, junto con la documentación exigida, será de 5 días hábiles contados a partir de la publicación del acuerdo de aprobación de la Junta de Gobierno Local en el Tablón de Anunciosextracto de las bases en el Diario Oficial de la Provincia de Sevilla realizado a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

  • Sexto. Otros datos.

A continuación pueden descargarse las bases de la convocatoria así como sus formularios y anexos:

Bases reguladoras 

Modelo de solicitud

Modelo proyecto solidaridad

Modelo Alegaciones/Aceptación/Reformulación

Modelo Cuenta Justificativa

Documento 1 – Relación justificativa de gastos no subvencionables por el Ayuntamiento de Utrera.

Documento 4 – Liquidación de dietas y gastos de locomoción.

Tablas 9.1 y 9.2

Anexo II: Convenio entre el Ayuntamiento de Utrera y la ONG.

Anexo III:Instrucciones sobre justificación del gasto de los proyectos subvencionados a organizaciones no gubernamentales.