{"id":4822,"date":"2018-05-09T12:05:14","date_gmt":"2018-05-09T11:05:14","guid":{"rendered":"https:\/\/www.utrera.org\/?page_id=4822"},"modified":"2020-09-17T09:12:01","modified_gmt":"2020-09-17T08:12:01","slug":"como-constituir-una-asociacion","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.utrera.org\/en\/como-constituir-una-asociacion\/","title":{"rendered":"How to build an association"},"content":{"rendered":"<p><b>1.- \u00bfQU\u00c9 ES UNA ASOCIACI\u00d3N?<\/b><\/p>\n<p>Es un grupo de personas (tres o m\u00e1s) que se unen de manera voluntaria y libre para lograr, sin \u00e1nimo de lucro, una finalidad de inter\u00e9s general o particular y a tal fin ponen en com\u00fan sus conocimientos, actividades o recursos econ\u00f3micos.<\/p>\n<p>La asociaci\u00f3n es aut\u00f3noma, tiene personalidad propia y su organizaci\u00f3n interna y funcionamiento deben ser democr\u00e1ticos, con pleno respeto al pluralismo.<\/p>\n<p>Es com\u00fan caer en el error de pensar que la ausencia de \u00e1nimo de lucro comporta la imposibilidad de que la asociaci\u00f3n tenga beneficios. No es as\u00ed, merece la pena aclarar que no tener \u00e1nimo de lucro significa que no se pueden repartir los beneficios o excedentes econ\u00f3micos anuales entre los socios, por tanto, s\u00ed se puede:<\/p>\n<ul>\n<li>Tener excedentes econ\u00f3micos al finalizar el a\u00f1o<\/li>\n<li>Tener contratados laborales en la Asociaci\u00f3n<\/li>\n<li>Realizar Actividades Econ\u00f3micas que puedan generar excedentes econ\u00f3micos<\/li>\n<\/ul>\n<p>L\u00f3gicamente, dichos excedentes deber\u00e1n reinvertirse en el cumplimiento de los fines de la entidad.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n induce a error la distinci\u00f3n entre inter\u00e9s general e inter\u00e9s particular. Si de la actividad de la asociaci\u00f3n s\u00f3lo se benefician los miembros asociados diremos qu e \u00e9sta persigue un inter\u00e9s particular, si por el contrario los beneficiados por los fines de la asociaci\u00f3n son un colectivo gen\u00e9rico de personas que va m\u00e1s all\u00e1 de los miembros de la misma, diremos que persigue un inter\u00e9s general.<\/p>\n<p><b>2.- COMO CONSTITUIR UNA ASOCIACI\u00d3N<\/b><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><u>2.1- PRIMER PASO: REUNI\u00d3N FUNDACIONAL<\/u><\/p>\n<p>Una vez las personas est\u00e1n interesadas en constituirse en asociaci\u00f3n, se llevar\u00e1 a cabo la reuni\u00f3n fundacional.<\/p>\n<p>A la misma asistir\u00e1n normalmente todas aquellas personas que tienen inter\u00e9s en ser miembros de la nueva asociaci\u00f3n. Puede ocurrir que los promotores sean muchos, de forma que los intercambios de ideas, discusiones y aclaraciones se hagan dif\u00edciles. En tal caso puede celebrarse una reuni\u00f3n previa en la que, reunidos todos los promotores, se otorgan poderes a unas cuantos asistentes, que en nombre de todos, celebran formalmente la reuni\u00f3n fundacional. Este grupo reducido de promotores escogidos recibe el nombre de comisi\u00f3n gestora.<\/p>\n<p>En la reuni\u00f3n fundacional se deber\u00e1n adoptar como m\u00ednimo los siguientes acuerdos:<\/p>\n<ul>\n<li>Constituir una asociaci\u00f3n, aprobando su denominaci\u00f3n, el lugar donde tendr\u00eda su domicilio y los fines que va a perseguir<\/li>\n<li>Aprobar los estatutos por los que se va a regir la asociaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Designar a las personas que se ocupar\u00e1n de llevar a cabo los tr\u00e1mites administrativos necesarios para la constituci\u00f3n de la asociaci\u00f3n (solicitud del CIF, inscripci\u00f3n en el registro de asociaciones, etc)<\/li>\n<\/ul>\n<p><u>2.2.- SEGUNDO PASO: APROBAR LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACI\u00d3N<\/u><\/p>\n<p>Los Estatutos son las reglas fundamentales del funcionamiento de una asociaci\u00f3n y han de cumplir con unos m\u00ednimos que marca la ley. Al margen de esos m\u00ednimos, los estatutos se pueden adaptar para adecuarse a las necesidades de cada asociaci\u00f3n y obligan a los socios.<\/p>\n<p>Los contenidos m\u00ednimos que deben contemplar los estatutos son:<\/p>\n<ol>\n<li>El domicilio: Debe constar en los estatutos puesto que determinar\u00e1 la nacionalidad o vecindad civil de la asociaci\u00f3n. En consecuencia, fijar\u00e1 la legislaci\u00f3n aplicable a esa asociaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Denominaci\u00f3n: No se admitir\u00e1n aquellos nombres que induzcan a error o que consistan \u00fanicamente en la expresi\u00f3n de un territorio (ej. Asociaci\u00f3n de M\u00e1laga). Se entiende que inducen a error aquellas denominaciones que utilizan palabras que son propias de otras entidades distintas a las asociaciones o que se asemejan a la de otras asociaciones o entidades ya inscritas. Para evitar que se nos deniegue la inscripci\u00f3n por existir ya una asociaci\u00f3n con una denominaci\u00f3n igual o parecida, debemos dirigirnos al registro de asociaciones de nuestra comunidad y solicitar una \u201ccertificaci\u00f3n de nombre no coincidente\u201d<\/li>\n<li>La duraci\u00f3n: La asociaci\u00f3n es habitual constituirla por tiempo indefinido ya que la idea de los socios promotores suele ser que la asociaci\u00f3n les sobreviva.<\/li>\n<li>Los fines y actividades de la asociaci\u00f3n: Deber\u00e1n ser descritos de forma precisa y se debe huir de generalidades que no den una idea precisa de los mismos. Los fines y actividades son junto al nombre lo que distingue a una asociaci\u00f3n del resto de las que operan en nuestra \u00e1rea.<\/li>\n<li>El r\u00e9gimen de admisi\u00f3n y el r\u00e9gimen disciplinario: Se tienen que especificar los requisitos y modalidades de admisi\u00f3n de socios. Tambi\u00e9n la forma y razones por los que se regular\u00e1n la baja de los socios y el r\u00e9gimen sancionador y de expulsi\u00f3n de los asociados. Normalmente el r\u00e9gimen disciplinario se estipula en los estatutos, si bien su desarrollo se complementa en el Reglamento de R\u00e9gimen Interno donde se detallan las faltas que producen su aplicaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Los derechos y obligaciones de los asociados: En los estatutos se har\u00e1n constar los derechos que todos los asociados tienen como miembros de la asociaci\u00f3n y a su vez los deberes que comporta ser miembro de la misma.<\/li>\n<li>El r\u00e9gimen democr\u00e1tico de funcionamiento: Se deben detallar los criterios que garanticen el funcionamiento democr\u00e1tico de la asociaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Los \u00f3rganos de gobierno y representaci\u00f3n: Los \u00f3rganos de gobierno son la asamblea general y la junta directiva. Se debe, pues, especificar su composici\u00f3n, las reglas y procedimientos para la elecci\u00f3n y sustituci\u00f3n de sus miembros, sus atribuciones, duraci\u00f3n de los cargos, causas de su cese, la forma de deliberar, adoptar y ejecutar sus acuerdos y las personas o cargos con facultad para certificarlos y requisitos para que los citados \u00f3rganos queden validamente constituidos, as\u00ed como el n\u00famero de asociados necesario para poder convocar sesiones de los \u00f3rganos de gobierno o proponer asuntos en el orden del d\u00eda.<\/li>\n<li>El r\u00e9gimen de administraci\u00f3n, contabilidad y documentaci\u00f3n as\u00ed como la fecha de cierre del ejercicio asociativo: Que normalmente se har\u00e1 coincidir con el fin del a\u00f1o natural, esto es, a 31 de diciembre.<\/li>\n<li>El patrimonio inicial y los recursos econ\u00f3micos de los que se podr\u00e1 hacer uso.: En caso de que la asociaci\u00f3n no disponga de un patrimonio inicial se har\u00e1 constar y ello bastar\u00e1 para dar por cumplimentado este requisito. En cuanto a los recursos econ\u00f3micos de los que podr\u00e1 hacer uso se deber\u00e1 tener en cuenta que dispone de: las cuotas de los socios, las derramas, las donaciones, las subvenciones, legados o herencias , etc.<\/li>\n<li>Causas de disoluci\u00f3n y destino del patrimonio: Se especificar\u00e1n las razones que motivar\u00e1n la disoluci\u00f3n de la asociaci\u00f3n y en caso de que se produzca a quien ir\u00e1 destinado el patrimonio de la asociaci\u00f3n. De la misma forma que, como hemos dicho antes, los socios no pod\u00edan lucrarse del funcionamiento de la asociaci\u00f3n tampoco en el momento de su disoluci\u00f3n podr\u00e1n disponer del dinero o bienes que la asociaci\u00f3n haya acumulado durante su vida. El destino de los bienes despu\u00e9s de la liquidaci\u00f3n de la asociaci\u00f3n deber\u00e1 ser otra asociaci\u00f3n sin \u00e1nimo de lucro.<\/li>\n<\/ol>\n<p><u>2.3.- TERCER PASO: APROBAR UN REGLAMENTO INTERNO<\/u><\/p>\n<p>El reglamento tiene un rango inferior a los estatutos y se compone de normas pr\u00e1cticas para mejorar el funcionamiento de la asociaci\u00f3n. En un primer momento corresponde a la junta directiva redactarlo y luego deber\u00e1 se sometido a la asamblea general para su aprobaci\u00f3n definitiva. A continuaci\u00f3n no referiremos a algunos aspectos que pueden desarrollarse en el reglamento:<\/p>\n<ul>\n<li>Forma de Interpretar los estatutos<\/li>\n<li>Modo de constituir las comisiones de trabajo y regular su funcionamiento<\/li>\n<li>C\u00f3mo se llevan a cabo las votaciones en la asamblea general<\/li>\n<li>Forma de redactar las actas de la asamblea general<\/li>\n<li>El reglamento electoral<\/li>\n<li>Procedimiento a seguir para inscribirse como socio de la asociaci\u00f3n<\/li>\n<li>Establecer el sistema de infracciones y sanciones<\/li>\n<li>El procedimiento disciplinario<\/li>\n<li>Etc.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>PROCEDIMIENTO LEGAL PARA SU CONSTITUCI\u00d3N<\/b><\/p>\n<p>Para constituir la asociaci\u00f3n se deben seguir unos pasos que garanticen que la misma queda legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones correspondiente a nuestra comunidad aut\u00f3noma o en el Registro Central de Asociaciones.<\/p>\n<p><u>Inscripci\u00f3n en el Registro de Asociaciones<\/u><\/p>\n<p>En primer lugar debemos rellenar un modelo de solicitud de inscripci\u00f3n de la asociaci\u00f3n que nos facilitar\u00e1n en el Registro de asociaciones. A esa solicitud adjuntaremos el original y dos copias del Acta Fundacional y en la que constar\u00e1n las firmas de los socios. A su vez adjuntaremos tres originales de los estatutos de la asociaci\u00f3n firmados por todos los socios fundadores con expresi\u00f3n de su nombre, apellidos, direcci\u00f3n y n\u00famero de documento nacional de identidad.<\/p>\n<p><u>Declaraci\u00f3n censal. Obtenci\u00f3n del CIF<\/u><\/p>\n<p>La Agencia Tributaria dispone de un censo en el que aparecen registradas todas las entidades, personas y profesionales cuyas actividades tienen o pueden tener trascendencia fiscal. A cada una de estas entidades o personas, la Agencia Tributaria les asigna un C\u00f3digo de Identificaci\u00f3n Fiscal que permitir\u00e1 identificarlas de forma inequ\u00edvoca.<\/p>\n<p>Por tanto cuando constituimos una asociaci\u00f3n debemos obtener un CIF; la Agencia Tributaria, a fin de facilitarlo, le exigir\u00e1 a la asociaci\u00f3n que rellene un impreso en que se detallan aspectos relativos a su composici\u00f3n y funcionamiento. El impreso que se rellena por primera vez al constituir la asociaci\u00f3n recibe el nombre de Alta Censal y tiene asignado el n\u00famero 036. Se puede obtener un modelo en la pagina web de la Agencia Tributaria o en cualquiera de sus oficinas.<\/p>\n<p>El plazo para dar de alta a la asociaci\u00f3n en el Censo de Obligados Tributarios es de 30 d\u00edas desde su constituci\u00f3n y, junto al modelo 036 deber\u00e1 acompa\u00f1ar la siguiente documentaci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>Modelo 036<\/li>\n<li>Copia y original del acta fundacional de la asociaci\u00f3n<\/li>\n<li>Copia y original de los estatutos de la asociaci\u00f3n sellados por el Registro de asociaciones de la Comunidad<\/li>\n<li>Fotocopia DNI de la persona que firme el impreso de declaraci\u00f3n censal 036<\/li>\n<\/ul>\n<p>Con este simple tr\u00e1mite, Hacienda expedir\u00e1 un C\u00f3digo de Identificaci\u00f3n Fiscal provisional a favor de la asociaci\u00f3n y posteriormente extender\u00e1 el c\u00f3digo definitivo.<\/p>\n<p>Tras la obtenci\u00f3n del CIF, y con car\u00e1cter previo a la realizaci\u00f3n de operaciones econ\u00f3micas, es necesario el reconocimiento expreso de la exenci\u00f3n del pago del impuesto del IVA. Veamos que es esto en el punto siguiente.<\/p>\n<p><u>Exenci\u00f3n del IVA<\/u><\/p>\n<p>Las entidades sin \u00e1nimo de lucro est\u00e1n exentas de la presentaci\u00f3n de este impuesto salvo que \u201c realicen habitualmente actividades empresariales o profesionales y que \u00e9stas no se realicen exclusivamente a t\u00edtulo gratuito\u201d, pero para que se reconozca esta categor\u00eda es imprescindible un reconocimiento expreso por parte de la Agencia Tributaria.<\/p>\n<p>Para conseguir este tipo de exenci\u00f3n es necesario aportar a la Agencia la siguiente documentaci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>Acta fundacional<\/li>\n<li>Estatutos<\/li>\n<li>Certificado de inscripci\u00f3n en el Registros<\/li>\n<li>Solicitud de exenci\u00f3n firmada por el presidente de la asociaci\u00f3n<\/li>\n<\/ul>\n<p>Este tipo de exenci\u00f3n nos permite facturar sin IVA las operaciones realizadas con motivo de las actividades propias de la asociaci\u00f3n y en cumplimiento expreso de los fines de la misma (cursos, actividades, etc)<\/p>\n<p>Mientras Hacienda no acepte la exenci\u00f3n del IVA, la asociaci\u00f3n deber\u00e1 presentar la declaraci\u00f3n trimestral del IVA (Modelo 300), indicando \u201csin actividad\u201d. Si a finales de a\u00f1o todav\u00eda perdura la misma situaci\u00f3n deber\u00e1 presentar Resumen de IVA anual (Modelo 390).<\/p>\n<p><u>Legalizaci\u00f3n de libros<\/u><\/p>\n<p>Las asociaciones deben legalizar los libros en el Registro Mercantil. A tal efecto presentar\u00e1n una instancia de solicitud que nos facilitar\u00e1n en la sede del Registro y que podremos rellenar in situ.<\/p>\n<p>Los libros de cuentas pueden:<\/p>\n<ul>\n<li>Legalizarse al principio de la vida de la asociaci\u00f3n. Es el caso de las asociaciones que llevan una contabilidad manual y la transcriben al libro con las p\u00e1ginas selladas.<\/li>\n<li>Ser impresos desde el programa de contabilidad que la asociaci\u00f3n utilice, por lo que habr\u00e1 entonces que encuadernarlos y acudir con ellos al Registro Mercantil para legalizarlos antes del 30 de abril del ejercicio siguiente.<\/li>\n<\/ul>\n<p><u>Apertura de una cuenta corriente en una entidad bancaria<\/u><\/p>\n<p>Disponer de una cuenta corriente abierta en una entidad financiera es necesario para la gesti\u00f3n econ\u00f3mica de la asociaci\u00f3n. Mediante ella podremos domiciliar pagos y emitir los recibos para el cobro de las cuotas de los socios.<\/p>\n<p>A fin de que la asociaci\u00f3n puede abrir una cuenta corriente en una entidad deber\u00e1 antes haber obtenido el CIF. Junto al CIF, la asociaci\u00f3n debe facilitar a la entidad financiera una copia de los estatutos registrados y del acta fundacional de la asociaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Es habitual fijar un sistema de firma mancomunada (de dos personas) para poder retirar el dinero de la cuenta. Consiste en establecer que la entidad no autorice ning\u00fan pago o salida de dinero si no es ordenado por las dos personas.<\/p>\n<p><b>DISOLUCI\u00d3N DE UNA ASOCIACI\u00d3N<\/b><\/p>\n<p>Cuando se constituye una asociaci\u00f3n habitualmente se prev\u00e9 que su duraci\u00f3n ser\u00e1 indefinida. Pero esto no siempre es as\u00ed.<br \/>\nPara que una asociaci\u00f3n deje de existir se deber\u00e1 proceder a su disoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>Es importante resaltar que la legislaci\u00f3n establece la obligatoriedad de disolver las asociaciones en los siguientes casos:<\/p>\n<ul>\n<li>Cuando concurran las causas previstas en los estatutos<\/li>\n<li>Por la voluntad de los asociados expresada en asamblea general convocada al efecto<\/li>\n<li>Por las causas determinadas en el art. 39 del C\u00f3digo Civil<\/li>\n<li>Por sentencia judicial firme (por ejemplo cuando la asociaci\u00f3n tenga fines no l\u00edcitos)<\/li>\n<\/ul>\n<p>En todos los supuestos de disoluci\u00f3n deber\u00e1 darse al patrimonio el destino previsto en los estatutos.<\/p>\n<p>El proceso de disoluci\u00f3n es el siguiente:<\/p>\n<p>Llegado el momento, los socios deber\u00e1n celebrar una asamblea general convocada expresamente para ese fin. En dicha Asamblea se deber\u00e1n alcanzar los siguientes acuerdos:<\/p>\n<ol>\n<li>Acordar la disoluci\u00f3n de la asociaci\u00f3n<\/li>\n<li>Establecer quienes actuar\u00e1n como miembros de la Comisi\u00f3n Liquidadora de la asociaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Que destino se dar\u00e1 a los bines resultantes de la disoluci\u00f3n una vez cubiertas todas las deudas de la asociaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Celebrada la asamblea y alcanzados los acuerdos anteriores se abrir\u00e1 la liquidaci\u00f3n de la asociaci\u00f3n y as\u00ed:<\/p>\n<ol>\n<li>La Comisi\u00f3n Liquidadora se encargar\u00e1 de realizar un inventario en el que se recoja de forma detallada el activo y pasivo de la asociaci\u00f3n. Puede ocurrir que nos activos no consistan en dinero sino en bienes (ordenadores, impresoras, cuadros, etc). En cuanto al pasivo de la asociaci\u00f3n se compondr\u00e1 de todas aquellas cantidades debidas en el momento de acordar la disoluci\u00f3n (por ejemplo: una factura pendiente de pago, el \u00faltimo recibo de tel\u00e9fono, etc).<\/li>\n<li>La Comisi\u00f3n Liquidadora deber\u00e1 con los bienes del activo (que pueden venderse si es necesario) pagar los pasivos de forma que la asociaci\u00f3n quede libre de deudas.<\/li>\n<li>Posteriormente, y si resulta que el activo es mayor que el pasivo y que por tanto hay \u201c beneficios\u201d, la Comisi\u00f3n Liquidadora deber\u00e1 darle el destino acordado en la Asamblea Extraordinaria en la que se acord\u00f3 la disoluci\u00f3n o bien el destino establecido en los estatutos.<\/li>\n<li>La Comisi\u00f3n Liquidadora, efectuado el tr\u00e1mite anterior, deber\u00e1 por \u00faltimo presentar un escrito en que se comunique la disoluci\u00f3n de la asociaci\u00f3n al Registro de asociaciones en la que estuviera inscrita a fin de causar baja. Este inscrito deber\u00e1 ir acompa\u00f1ado de un certificad del acta de la asamblea en la que se acord\u00f3 la disoluci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>1.- \u00bfQU\u00c9 ES UNA ASOCIACI\u00d3N? Es un grupo de personas (tres o m\u00e1s) que se unen de manera voluntaria y libre para lograr, sin \u00e1nimo de lucro, una finalidad de inter\u00e9s general o particular y a tal fin ponen en com\u00fan sus conocimientos, actividades o recursos econ\u00f3micos. 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