Desde la Delegación de Vivienda del Ayuntamiento de Utrera, se informa que el pasado 6 de julio de 2017 se publicó en el BOJA la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el alquiler de viviendas a personas en situación de especial vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Tal convocatoria viene regulada por las por las bases recogidas en la Orden de 29 de julio de 2016, publicadas en BOJA de 4 de julio de 2016

El objeto de esta convocatoria es facilitar el pago del alquiler de su vivienda habitual y permanente a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados. La ayuda consiste en el 40% de la renta con un máximo de 200 euros por vivienda y un periodo máximo de 12 meses, correspondiente al año natural de 2017.

Entre otros, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

  1. Destinar la vivienda objeto del contrato de arrendamiento, a residencia habitual y permanente de todos los miembros de la unidad de convivencia, ocupándola efectivamente, y estar empadronados en la misma.
  2. El importe de la renta mensual de la vivienda no será superior a 500 euros. A estos efectos, no se considerarán parte de la renta los gastos a cuenta de la persona arrendataria que se cuantifiquen de manera separada en el contrato de arrendamiento.
  3. La persona solicitante tendrá residencia legal en el territorio nacional.
  4. La persona solicitante no podrá estar incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  5. Los miembros de la unidad de convivencia no podrán tener relación de parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora de la vivienda, o ser su socia o partícipe.
  6. Los miembros de la unidad de convivencia no dispondrán de la titularidad o de algún derecho que permita usar otra vivienda. Se exceptuarán de este requisito quienes siendo titulares de una vivienda acrediten la no disponibilidad de la misma.
  7. La suma de los ingresos de la unidad de convivencia no podrá superar la Cuantía del Límite de Ingresos de la Unidad de Convivencia, en adelante CLIUC, determinada de conformidad con el artículo 6 de las Bases reguladoras de la presente subvención
  8. En caso de haber resultado beneficiarias de ayudas al alquiler en anteriores convocatorias de esta Consejería, deberán haber presentado las pertinentes justificaciones.

El plazo para su presentación se encuentra abierto desde el pasado 7 de julio hasta el 7 de agosto de 2017.

Las solicitudes podrán descargarse en la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Ju n t a d e A n d a l u c í a (http://www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda) e irán dirigidas a la persona titular de la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda, su presentación podrá realizarse en la sede de la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de Sevilla, así como en los registros auxiliares de la Junta de Andalucía pudiendo en tal caso remitirse copia completa de dicha solicitud, donde se visualice la fecha y número de registro de entrada al correo electrónico: rehabilita.cfv@juntadeanducia.es, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación.

Igualmente su presentación podrá realizarse de forma telemática en la dirección web www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ciudadania, debiendo disponer de firma electrónica reconocida. En este caso la documentación aportada deberá estar firmada electrónicamente por el órgano emisor o ser presentada de manera presencial.

Para más información sobre los requisitos de las actuaciones objeto de subvención y las comunidades de propietarios solicitantes, los interesados podrán acudir a la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda, en Plaza San Andrés nº 2 de Sevilla o a la Delegación de Vivienda del Excmo. Ayuntamiento de Utrera, en Plaza de Gibaxa s/n de Utrera.