La nueva ordenanza tiene como objetivos principales hacer compatible la actividad de los hosteleros con el descanso de los vecinos, permitir el tránsito peatonal en condiciones de accesibilidad y transparencia en la aplicación de la misma, evitando agravios.

Hace ya muchos años que la ciudadanía de Utrera, en especial los hosteleros y vecinos afectados, reclamaban al Ayuntamiento de Utrera una nueva normativa en materia de terrazas y veladores. En los últimos años se ha agravado el problema, con la proliferación de elementos en las terrazas que impiden un uso racional del espacio público y dificultan una accesibilidad suficiente para los peatones.

Consciente de esta necesidad, el equipo de gobierno lleva al Pleno Ordinario del mes de febrero una nueva ordenanza para la regulación de las terrazas y veladores de nuestra ciudad. El objetivo principal de esta norma es la eliminación de desequilibrios producidos por falta de regulación. Una vez aprobada la ordenanza, será sometida a información pública y audiencia a los interesados por un plazo mínimo de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

Según el alcalde de Utrera, José María Villalobos, se trata de “una ordenanza muy demandada tanto por asociaciones de vecinos como por la mayoría de hosteleros de nuestra ciudad”. Por parte de los vecinos porque “reclaman un derecho al descanso y a la tranquilidad”; y los hosteleros “porque en muchas ocasiones no se sabía cómo aplicar la normativa actual y todos merecen contar con las mismas condiciones”.

Así, el alcalde ha recordado que “en los últimos años han proliferado las terrazas, con sus correspondientes mesas, sillas, veladores y otros elementos que, en exceso, hacen inviable un uso compartido y racional del espacio público”. Esta situación ha provocado que la regulación de las terrazas y veladores se haya convertido en una demanda social por un sector muy amplio de la población.

En palabras de la delegada de Urbanismo, Llanos López, la “Ordenanza municipal reguladora de la ocupación temporal de espacios exteriores con mesas, sillas, sombrillas y otras instalaciones análogas que constituyen complemento de la actividad hostelera” ofrece un marco normativo ampliado, con mayores posibilidades para el desarrollo de su actividad. Así, ha declarado que «con la nueva normativa ganaremos todos».

Las principales modificaciones que se introducen son: definición de la implantación de los veladores con arreglo a un mejor paso peatonal; permitir la implantación de plataformas de madera en aparcamientos públicos; limitación de los elementos colgantes en toldos, prohibiendo anclar ningún elemento en el suelo; y simplificación de la documentación administrativa mediante un modelo de solicitud normalizada.

López ha informado que otras características a tener en cuenta son la prohibición de la instalación de aparatos o equipos de reproducción o amplificación de imagen y/o sonido; el horario de cierre de las terrazas se establece a las 0:00 horas, excepto los viernes, sábados, vísperas de festivo y temporada de verano que se amplía una hora; la posibilidad de ampliar el itinerario peatonal por parte del Ayuntamiento cuando lo requiera la intensidad del tránsito; como regla general solo se autoriza la instalación de terraza cuando entre ella y el local desde el que se sirva haya una distancia corta y de fácil tránsito, siendo esta visible y reconocible por cualquier usuario de la terraza el local desde el que se atiende.

En cuanto a las condiciones de la ocupación, en aquellas aceras cuyo ancho sea igual o inferior a 4 metros, la anchura de la ocupación no podrá ser superior al 50% del ancho de acera o calle peatonal; en aquellas aceras cuyo ancho sea superior a 4 o inferior a 5 metros, la anchura de ocupación no podrá ser superior al 55% del ancho de acera o franja peatonal. En los casos en que el ancho de acera sea superior a 5 metros, el itinerario peatonal accesible será de 2 metros; en aquellas aceras o calles peatonales cuyo ancho sea superior a 5 metros, la anchura de la ocupación no podrá ser superior al 60% del ancho de acera o franja peatonal.

En cuanto a los elementos que pueden componer la terraza solo se podrán instalar parasoles (sombrillas) y toldos enrollables, con la posibilidad de instalar cortavientos laterales 1, 2 o 3 laterales del mismo. En todo caso los elementos serán fácilmente desmontables y no se permitirá el anclaje al suelo. Asimismo, se prohíbe la instalación de máquinas expendedoras de productos, frigoríficos o vitrinas para la venta de helados y/o otros productos.

Para concluir, el alcalde ha informado que los establecimientos que quieran solicitar licencia dispondrán de un plazo de 3 meses desde la aprobación definitiva de la ordenanza; posteriormente el Ayuntamiento de Utrera dispondrá de un año para resolver.