Trámite justificación subvenciones concedidas a través de la Convocatoria de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva 2017

01ene07:0030sep(sep 30)23:59Trámite justificación subvenciones concedidas a través de la Convocatoria de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva 2017

Detalles del evento

Fecha de inicio: 1 de enero de 2018

Fecha de fin: 30 de septiembre de 2018

Se abre el periodo de justificación de las subvenciones concedidas a través de la Convocatoria de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva 2017.

Esta justificación se rige por lo establecido en la Base XV.- PAGO Y JUSTIFICACIÓN de la convocatoria qie establece:

Dado el interés social y la labor complementaria que de la actuación del Ayuntamiento realizan las asociaciones, clubes, entidades sin ánimo de lucro, etc. que puedan concurrir a esta convocatoria, así como la escasez de recursos económicos de los que disponen (lo que les dificulta anticipar medios materiales y económicos para sufragar los proyectos), a la fecha de concesión de la subvención se tramitará el abono del 100% de la misma.

Las entidades subvencionadas deberán acreditar previamente al cobro de la subvención, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

No podrá proponerse el pago de subvenciones a entidades beneficiarias que no hayan justificado en tiempo y forma otras subvenciones concedidas con anterioridad con cargo a créditos gestionados por el Ayuntamiento de Utrera. El carácter de prepagables, que implica la posibilidad de pago sin justificación previa, no significa que la actividad no se realice hasta que no se cobre, simplemente posibilita el pago de la subvención antes de la justificación, debiendo la actividad en cualquier caso realizarse en el período específicamente señalado y comprenderse en éste las fechas de los justificantes.

Los gastos subvencionables son aquellos que de manera indubitada responden a la naturaleza de la actividad subvencionada y figuran en el correspondiente presupuesto, debiendo realizarse en el plazo determinado en la propia convocatoria.

Dichos gastos deben especificarse con claridad, no admitiéndose conceptos tan imprecisos como «gastos diversos», «gastos varios», «otros gastos»… etc.

A tales efectos, los/las perceptores de la subvención deberán aportar facturas, recibos, boletines de cotización a la seguridad social (TC1 y TC2), e impresos de ingreso en Hacienda de las retenciones practicadas en concepto de I.R.P.F.

Para gastos relativos a reparaciones como rotura de cristales, fugas de agua, pintura, desperfectos, pequeñas reparaciones, el solicitante deberá aportar declaración acerca de si el local se encuentra o no asegurado. En caso afirmativo, y estos gastos se encuentren cubiertos por dicha póliza de seguro, deberá aportarse documentación acreditativa de la cantidad percibida en concepto de indemnización para comprobar que entre la indemnización recibida y la subvención concedida no se supera el 100% de los gastos imputados por este concepto.

Los beneficiarios de las subvenciones estarán obligados a presentar en el negociado o departamento correspondiente a cada linea de subvención, en el plazo de tres meses desde la recepción de los fondos, o bien, una vez finalizada la actividad, proyecto, programa, etc. subvencionado, si el plazo de ejecución de éstos fuera mayor , cuenta justificativa que contendrá, como mínimo, la siguiente documentación:

a) Cuando el destino de la subvención sea la realización de obra o instalación, será preciso que un técnico de los servicios municipales correspondiente, se persone en el lugar y extienda acta del estado en que se halla la obra ejecutada.

b) Certificación acreditativa de que los fondos recibidos del Excmo. Ayuntamiento de Utrera en concepto de subvención han sido aplicados en su totalidad a los fines que han motivado la concesión y que se han cumplido los requisitos y condiciones que determinaron la concesión o disfrute de la misma, expedida por el beneficiario o su representante si se trata de una persona jurídica. (Modelo 5).

c) La cuenta justificativa (Modelo 5) contendrá la siguiente información:

1) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

2) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.

3) Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

4) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

A solicitud del/de la beneficiario/a podrán ser presentadas fotocopias de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, los/las cuales serán compulsados/as previamente por el Área correspondiente a la linea de subvención. Tanto los justificantes originales presentados como las fotocopias compulsadas de los mismos, se marcarán con una estampilla indicando en la misma la subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención.

Todas las facturas deberán tener como fecha de emisión el ejercicio objeto de la subvención, salvo que la actividad desarrollada haya tenido lugar en distinta fecha prevista en el correspondiente Anexo de la convocatoria.

El importe justificado deberá alcanzar el 100% del presupuesto del proyecto aceptado. Caso de que la justificación no alcance la totalidad del presupuesto aceptado, el/la beneficiario/a deberá reintegrar la parte proporcional correspondiente del porcentaje de la subvención concedida.

Una vez informada favorable, la Cuenta Justificativa de Subvención, por el Área correspondiente y con la preceptiva fiscalización prevía por la Intervención Municipal o, en su caso, observadas deficiencias en la justificación, se formulará una Propuesta de Acuerdo de aprobación de Cuentas Justificativas o, en su caso, inicio de expediente de reintegro, ante la Junta de Gobierno Local. El acuerdo de la Junta de Gobierno Local deberá relacionar aquellas subvenciones debidamente justificadas y aquellas otras a las que se proceda al inicio del Expediente de Reintegro.

Modelo 5 Cuenta Justificativa.

Plazos para la ejecución de los proyectos a efectos  del cómputo de la entrega de la cuenta justificativa:

LINEA. DELEGACIÓN PLAZO MÁXIMO EJECUCIÓN PROYECTOS
Línea 1.- Delegación de Medio Ambiente Septiembre de 2017 a
Junio de 2018
Línea 2.- Delegación de Cultura Ejercicio 2017
Línea 3.- Delegación de Salubridad Pública y Consumo Ejercicio 2017. No obstante lo anterior, aquellos
proyectos cuya temporalidad así lo requiera, podrán ejecutarse a lo largo del curso académico 2017/2018.
Línea 4.- Delegación de Educación Curso Escolar 2017/2018
Línea 5.- Delegación de Juventud Ejercicio 2017
Línea 6.- Delegación de Políticas de Igualdad Ejercicio 2017
Línea 7.- Delegación de Ciudadanía Ejercicio 2017
Línea 8.- Delegación de Ciudadanía Ejercicio 2017
Línea 9.- Delegación de Deportes Entre el 1 de julio de 2016 y el 30 de junio de 2017, salvo competiciones federadas que por calendario federativo, su temporada se desarrolle hasta al 31 de Diciembre de 2017
Línea 10.- Delegación de Deportes Entre el 1 de julio de 2016 y el 30 de junio de 2017, salvo modalidades deportivas que por su naturaleza se desarrollen hasta el 31 de agosto de 2017.
Línea 11.- Delegación de Deportes Ejercicio 2017
Linea 12.- Delegación de Bienestar Social Ejercicio 2017
Linea 13.- Delegación de Comercio Hasta el 28 de febrero de 2018 (final de temporada de rebajas) para proyectos de la modalidad A y hasta el 31 de diciembre de 2017 para proyectos presentados a la modalidad B
Linea 14.- Delegación de Turismo Hasta el 15 de enero 2018

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Fecha

Enero 1 (Lunes) 07:00 - Septiembre 30 (Domingo) 23:59

Lugar

Ayuntamiento de Utrera

Plaza de Gibaxa, 1, 41710 Utrera, Sevilla

Organizador

Ayuntamiento de Utrera

954 86 00 50 Plaza de Gibaxa, 1, 41710 Utrera, Sevilla

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